sábado, 19 de diciembre de 2009

EL CONSUMO (3)



Utilidad y equidad

El concepto económico de utilidad ha experimentado considerables cambios a lo largo de su historia, dando origen a fuertes controversias. A pesar de ser un concepto aparentemente muy abstracto, tiene importantes implicaciones jurídicas y políticas, determinando diversos enfoques de la equidad y diferentes criterios de redistribución.

Supongamos que un juez tiene que repartir una herencia de diez millones de euros entre diez hermanos. El difunto padre dejó estipulado que el dinero se introduciría en diez cajas numeradas que serían posteriormente asignadas por sorteo, una para cada heredero. Pero, al no haber quedado establecidas las cantidades a depositar en cada una de las cajas, el juez es el que debe decidir entre los posibles criterios de reparto.

El criterio de equidad estricta: todos los hermanos reciben exactamente la misma cantidad de dinero.

El criterio de la igualdad de oportunidades: Todos los hermanos tienen las mismas probabilidades de beneficio.

Criterio simple de eficiencia: Todos los hermanos obtienen la misma utilidad.

Criterio de eficiencia personalizada: Los hermanos más pobres reciben más dinero.

Criterio paretiano: Ninguna forma de reparto es mejor o peor siempre que se haya repartido todo el dinero.

1. El criterio de equidad estricta es una estrategia maximin. La Teoría de Juegos es una técnica de análisis del comportamiento humano propuesta por el matemático von Neumann y el economista Oskar Morgenstern. Una de sus propuestas más conocidas es el de la estrategia maximín como solución de máxima seguridad en cierto tipo de situaciones llamadas juegos de suma cero, cuya peculiaridad consiste en que la suma de los resultados posibles es constante. Maximín consiste en elegir la solución que maximiza el mínimo resultado posible. Para un pesimista que considere que siempre le toca la peor parte, la estrategia maximín le garantiza que esa peor parte será lo menos mala posible.

Solución 1ª: El problema propuesto es un juego de suma cero porque la suma del contenido de las cajas, diez millones, será la misma sea cual sea el reparto que se haga. Si el juez decide utilizar como criterio de justicia el concepto más estricto de equidad, la estrategia maximín, depositará en cada caja una cantidad exactamente igual, a saber, un millón de pesetas. Queda así garantizado que el heredero menos afortunado habrá recibido el máximo posible: lo mismo que todos sus hermanos.

2. El criterio de la igualdad de oportunidades. Pero, en principio, no hay ninguna razón para argumentar que el criterio maximín es el único criterio de equidad aplicable. El concepto de valor esperado proporciona una gama mayor de soluciones. Esta idea tiene su origen en los primeros estudiosos de la teoría matemática de la probabilidad, allá por el siglo dieciocho. El valor esperado es el resultado de sumar todos los resultados posibles, multiplicados cada uno de ellos por la probabilidad de que se produzcan.

Solución 2ª. Con el criterio del valor esperado cualquier reparto del dinero entre las cajas será igual de justo, siempre que las cajas sean distribuidas entre los herederos con igual probabilidad. Supongamos que el juez introduce cuatro, tres, dos y un millón de pesetas en las cuatro primeras cajas y nada en las restantes. El valor esperado para todos los hermanos será el mismo: un millón de pesetas. Es más, sería el mismo tanto si en una de las diez cajas se guarda el total de los diez millones como si, como en el ejemplo anterior, el dinero se repartiera a partes iguales de un millón en cada caja.

Esta argumentación supone que los hermanos son indiferentes al riesgo. El valor esperado implica más riesgo que la estrategia maximín, el riesgo de no obtener nada. Hay algunas personas que tienen aversión al riesgo por lo que si se les da a elegir entre la solución 1ª y la 2ª preferirán la 1ª. Otras, en cambio, tienen preferencia por el riesgo; todos los aficionados a jugar la lotería son individuos con preferencia por el riesgo ya que el valor esperado del premio es siempre menor que el precio del billete. Una persona indiferente al riesgo será indiferente ante la solución 1ª y la 2ª al problema que hemos planteado.

3. Criterio simple de eficiencia. La justicia puede aspirar no sólo a la equidad, sino también a la eficiencia. Es decir, no se trata tan sólo de conseguir una distribución que satisfaga a todos por igual sino buscar además que la suma de las utilidades conseguidas por cada uno de los individuos se haga máxima. Pero si se considera que es posible sumar utilidades se está aceptando el concepto cardinal de utilidad. Sobre esa base, para satisfacer el doble objetivo de eficiencia y equidad, el concepto de utilidad marginal decreciente limita las posibilidades del reparto: cuanto más igualitario sea, mayor la suma total de las utilidades.

Solución 3ª. El juez decide calificar la utilidad de un millón de pesetas como un "utilón" y considerar que cantidades mayores de dinero experimentan un crecimiento marginal decreciente según la función neperiana del cuadro 4.2 (cualquier otra función decreciente conduciría a las mismas conclusiones). Así, si el reparto fuera diez millones de pesetas en una caja y nada en las restantes, la utilidad total sería de 3,3 utilones. Si el reparto fuera como en el ejemplo 2º de cuatro, tres, dos y un millones en sólo cuatro cajas, la utilidad total sería de 7,18 utilones. La distribución que maximizaría la utilidad total sería la del ejemplo 1º: un millón en cada caja, que proporcionaría en total diez utilones.

4. Criterio de eficiencia personalizada. Sin embargo, para conducir hasta sus últimas consecuencias el concepto cardinal de la utilidad aplicado en la solución anterior, es necesario tener en cuenta que la utilidad de un millón de pesetas es diferente para cada individuo. Puede esperarse que para una persona cuyas rentas sean de cinco millones anuales, un millón adicional proporcionará una utilidad marginal muy superior que la que proporcionaría ese mismo millón a otra persona con rentas anuales de cien millones.

Solución 4ª. Para maximizar la utilidad proporcionada por la herencia, el juez decide no sortear las cajas. A cada hermano entregará una cantidad inversamente proporcional a las rentas que estén percibiendo habitualmente. Se podrá conseguir una situación óptima si el reparto, compensando a los más pobres, consigue igualar totalmente las rentas de todos los hermanos.

5. Criterio Paretiano. Pareto niega la posibilidad de comparar utilidades. No es posible afirmar que la utilidad de cinco millones sea 2,61 veces la de un millón, ni tampoco se puede decir que un pobre sea capaz de disfrutar más de un millón de pesetas que un rico. Sólo se puede afirmar que una situación es preferible a otra cuando alguien haya ganado algo sin que ningún otro haya perdido.

Solución 5ª. El criterio paretiano vuelve a conceder al juez libertad para adoptar cualquier decisión. Cualquier reparto que se haga de los diez millones supondrá una mejora paretiana ya que ningún hermano habrá experimentado pérdida alguna. Tan sólo hay una condición que cumplir: que toda la herencia se reparta totalmente.

jueves, 17 de diciembre de 2009

EL CONSUMO (2)







La elasticidad de la demanda

Hay algunos bienes cuya demanda es muy sensible al precio, pequeñas variaciones en su precio provocan grandes variaciones en la cantidad demandada. Se dice de ellos que tienen demanda elástica. Los bienes que, por el contrario, son poco sensibles al precio son los de demanda inelástica o rígida. En éstos pueden producirse grandes variaciones en los precios sin que los consumidores varíen las cantidades que demandan. El caso intermedio se llama de elasticidad unitaria.

La elasticidad de la demanda se mide calculando el porcentaje en que varía la cantidad demandada de un bien cuando su precio varía en un uno por ciento. Si el resultado de la operación es mayor que uno, la demanda de ese bien es elástica; si el resultado está entre cero y uno, su demanda es inelástica.

Los factores que influyen en que la demanda de un bien sea más o menos elástica son:

1) Tipo de necesidades que satisface el bien. Si el bien es de primera necesidad la demanda es inelástica, se adquiere sea cual sea el precio; en cambio si el bien es de lujo la demanda será elástica ya que si el precio aumenta un poco muchos consumidores podrán prescindir de él.

2) Existencia de bienes sustitutivos. Si existen buenos sustitutos la demanda del bien será muy elástica. Por ejemplo, un pequeño aumento en el precio del aceite de oliva puede provocar que un gran número de amas de casa se decida por usar el de girasol.

3) Importancia del bien en términos de coste. Si el gasto en ese bien supone un porcentaje muy pequeño de la renta de los individuos, su demanda será inelástica. Por ejemplo, el lápiz. Las variaciones en su precio influyen muy poco en las decisiones de los consumidores que desean adquirirlos.

4) El paso del tiempo. Para casi todos los bienes, cuanto mayor sea el período de tiempo considerado mayor será la elasticidad de la demanda. Puede ser que al aumentar el precio de la gasolina, su consumo no varíe mucho, pero al pasar el tiempo podrá ser substituida en algunos de sus usos por el carbón, en otros usos por el alcohol, de forma que la disminución en la demanda sólo se nota cuando pasa el tiempo.

5) El precio. finalmente hay que tener en cuenta que la elasticidad de la demanda no es la misma a lo largo de toda la curva. Es posible que para precios altos la demanda sea menos elástica que cuando los precios son más bajos o al revés, dependiendo del producto de que se trate.

Hay diferentes clases de elasticidad. El fenómeno que hemos estado analizando bajo el nombre de "elasticidad" a secas, podríamos haberlo llamado con mayor propiedad elasticidad-precio ya que se trataba de medir la sensibilidad de la demanda a las variaciones en los precios. Pero la demanda puede ser también más o menos sensible a otros factores. Llamaremos elasticidad-renta a la medida de la sensibilidad de la demanda de un bien a las variaciones en la renta del consumidor. Llamaremos elasticidad cruzada a la medida de la sensibilidad de la demanda de un bien a las variaciones en el precio de otros bienes.

Según vimos antes, cuando la renta de un individuo aumenta, su consumo de todos los bienes aumentará también. Sin embargo eso no es siempre cierto. Hay algunos bienes, los llamados bienes inferiores, que se caracterizan por el hecho de que al aumentar la renta de los individuos disminuye el consumo de ellos. El ejemplo clásico es el de las patatas o, en general, el de los alimentos ricos en féculas. Conforme aumenta la renta de los individuos y de las sociedades, estos alimentos son substituidos por otros más ricos en proteínas, la carne, por ejemplo. Hay otros bienes, por el contrario, cuyo consumo aumenta más que proporcionalmente al aumentar las rentas. Son los bienes de lujo.

Para medir la sensibilidad de los bienes a las variaciones en la renta de los individuos se utiliza el concepto de elasticidad-renta: porcentaje en que varía la cantidad demandada de un bien cuando la renta del consumidor varía en un uno por ciento. En el caso de los bienes inferiores, la elasticidad-renta es negativa ya que el aumento de ésta provoca la contracción de la demanda de aquellos. La elasticidad-renta de los bienes de lujo es muy alta ya que las variaciones en la renta provocan grandes variaciones en la cantidad demandada. Los bienes de primera necesidad, a diferencia de los bienes inferiores, tienen la elasticidad-renta de la demanda positiva pero muy pequeña, en otras palabras, su demanda es inelástica con respecto a la renta. Finalmente, los bienes normales mostrarán una elasticidad-renta unitaria, es decir, su demanda aumentará aproximadamente en la misma proporción en que lo haga la renta de los individuos.

Las relaciones que existan entre bienes permiten otra forma de clasificación. Se llaman bienes complementarios a los que son consumidos conjuntamente: los coches y la gasolina, los canarios y las jaulas. La peculiaridad de estos bienes es que cuando aumenta el precio de uno disminuye la cantidad demandada del otro. El fenómeno opuesto puede observarse en el caso de los bienes sustitutivos o sustituibles, los que pueden utilizarse de forma alternativa: el aceite de oliva y el de girasol. En este caso el aumento del precio de uno provoca el aumento de la cantidad demandada del otro.

Para medir la sensibilidad de la demanda de un bien a las variaciones en el precio de otro se utiliza la elasticidad cruzada: porcentaje en que varía la cantidad demandada de un bien cuando el precio de otro varía en un uno por ciento. La elasticidad cruzada será positiva si las variaciones en el precio y en la cantidad demandada van en el mismo sentido, es decir, en el caso de los bienes sustitutivos. Como el sentido del cambio es diferente entre el precio y la demanda de los bienes complementarios, su elasticidad cruzada será negativa.